Cuando una persona fallece sin dejar testamento, los herederos legales deben tramitar una declaración de herederos, que se puede hacer ante Notario si se trata de herederos en línea recta (la formada entre personas que descienden una de otra, es decir, de padres a hijos) y una declaración “judicial” de herederos cuando no existan herederos en línea recta y se tenga que hacer de forma colateral (la formada entre personas que no descienden una de otra, pero que tienen un ascendente común: padre, abuelo, bisabuelo…). A pesar de lo que pueda parecer los cónyuges no son parientes entre sí.